TOP GUIDELINES OF ORDEN DE DETENCION EUROPEA Y ENTREGA - ASISTENCIA LEGAL

Top Guidelines Of orden de detencion europea y entrega - asistencia legal

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c) Aun cuando no se den estas condiciones, si el Juez Central de lo Penal ha consentido la ejecución de la sentencia en España salvo que, en virtud de las declaraciones efectuadas por el Estado español, este consentimiento no sea necesario.

El Título VI regula la transmisión y ejecución en otro Estado miembro de una orden europea de protección. Esta orden es una resolución penal que puede adoptar la autoridad competente de cualquier Estado miembro en relación con una medida de protección previamente adoptada en ese Estado, por la que se faculta a la autoridad competente de otro Estado miembro para adoptar las medidas oportunas a favor de las víctimas o posibles víctimas de delitos que se encuentren en peligro, cuando se hayan desplazado a su territorio.

b) Que, teniendo conocimiento de la fecha y el lugar previstos para el juicio, el imputado layoutó abogado para su defensa en el juicio y fue efectivamente defendido por éste en el juicio celebrado.

b) Cuando la duración de la medida de libertad vigilada o de la pena sustitutiva sea inferior a seis meses.

c) El Estado miembro al que el condenado se haya fugado o haya regresado ante el proceso penal abierto contra él en España o por haber sido condenado en España.

g) La inhabilitación para ejercer determinadas profesiones o actividades ligadas con el delito presuntamente cometido.

Cuando previamente se haya transmitido a otro Estado miembro o se transmita con posterioridad una resolución sobre medidas alternativas a la prisión provisional o de libertad vigilada previstas en esta Ley, las medidas de protección de la víctima o posible víctima se adoptarán de acuerdo con las normas que regulan esas resoluciones y por la autoridad competente para adoptar estas resoluciones, sin perjuicio de que pueda transmitirse a otro Estado miembro distinto una orden europea de protección.

Este nuevo modelo de cooperación judicial conlleva un cambio radical en las relaciones entre los Estados miembros de la Unión Europea, al sustituir las antiguas comunicaciones entre las autoridades centrales o gubernativas por la comunicación directa entre las autoridades judiciales, suprimir el principio de doble incriminación en relación con un listado predeterminado de delitos y standard como excepcional el rechazo al reconocimiento y ejecución de una resolución, a partir de un listado tasado de motivos de denegación.

29. Pide que se revisen periódicamente las órdenes de detención europeas no ejecutadas y se aprecie la conveniencia de retirarlas junto con los correspondientes avisos al SIS II e Interpol; pide asimismo que se retiren las órdenes de detención europeas, junto con los correspondientes avisos al SIS II e Interpol, cuando la orden de have a peek here detención europea haya sido denegada por motivos obligatorios, como el principio ne bis in idem;

five. Señala que debe reforzarse y mejorarse la orden de detención europea para aumentar su eficacia, su inmediatez y el respeto de las resoluciones de los jueces nacionales, respetando al mismo tiempo la this contact form proporcionalidad, ya que el objetivo de una Unión más fuerte requiere que los Estados miembros confíen en los sistemas judiciales y penitenciarios de los demás Estados miembros, siendo este mecanismo imprescindible para ello; recuerda que toda debilitación del reconocimiento mutuo en el ámbito penal aboca necesariamente al debilitamiento de este principio en otros ámbitos, lo que sería perjudicial a Check This Out la hora de abordar eficazmente políticas comunes como el mercado interior;

En cuanto al procedimiento pasivo, es útil especificar que la entrega del acusado o condenado al extranjero no puede ser otorgada sin la decisión favorable de la Corte de Apelaciones en cuyo distrito reside, mora o tiene domicilio la persona a entregar.

43. Pone de relieve las exigencias del TEDH y los requisitos establecidos en la Directiva 2013/48/UE y la Directiva 2010/sixty four/UE; recuerda que garantizar un tiempo adecuado para preparar un caso y disponer de un acceso completo y rápido a los materiales del caso mejoraría la calidad de la representación; destaca que, habida cuenta del autoácter transfronterizo de los procedimientos de orden de detención europea, que frecuentemente implican a acusados que no hablan la lengua del Estado miembro de ejecución, garantizar el acceso a servicios de interpretación en la fase inicial de los procedimientos, y, en distinct, facilitar la comunicación con los abogados, constituye una garantía esencial de un proceso equitativo y un requisito con arreglo a la Directiva 2010/sixty four/UE; insta a la Comisión y a los Estados miembros a que velen por que el derecho a la asistencia de letrado y a la asistencia jurídica gratuita tanto en el Estado miembro de emisión como en el de ejecución esté garantizado tanto por ley como en la práctica;

Artículo eighty four. Aplazamiento del reconocimiento de la resolución por la que se impone una pena o medida privativa de libertad.

one. El Juez Central de lo Penal reconocerá las resoluciones por las que se imponen penas o medidas privativas de libertad transmitidas por otros Estados miembros de la Unión Europea cuando de esta forma se facilite la reinserción social del condenado y se dé alguna de las siguientes circunstancias:

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